IVA exento en Dolibarr: cómo facturar operaciones exentas
La exención de IVA no es un tipo al 0 %: es un régimen. Cómo facturarla en Dolibarr, qué mención exige la norma y qué errores descuadran el libro.
Una operación exenta de IVA se factura con el tipo al 0 % en la línea y con la mención de exención en el documento, indicando qué artículo de la LIVA la ampara. En Dolibarr se toca en tres sitios —tipo de la línea, texto o plantilla del PDF y casilla del tercero— que no son intercambiables. Mezclarlos es la causa más habitual de facturas que cuadran en pantalla y descuadran en el libro.
Exento, no sujeto y 0 %: no es lo mismo
Exento es un régimen: la operación está dentro del IVA, la ley la libera de tributar y obliga a decirlo en la factura. No sujeto significa que la operación queda fuera del impuesto. Y el 0 % de la línea, por sí solo, no es una exención: deja la cuota a cero y nada más.
La consulta del fisioterapeuta y el alquiler de una vivienda están sujetos al impuesto y su cuota es cero por mandato legal: se declaran aparte, no en la base al tipo general.
| Qué es | Qué lleva la factura | En Dolibarr | |
|---|---|---|---|
| Exento | Operación sujeta que la ley libera de cuota (art. 20, 21 o 25 LIVA) | Mención de exención y referencia al precepto | Tipo al 0 % en la línea y mención en el documento |
| No sujeto | Operación fuera del ámbito del impuesto | Sin mención de exención; con inversión del sujeto pasivo, la suya | No es la casilla «sujeto a IVA = no» del tercero |
| Tipo 0 % | Cuota cero, pero no crea la exención | Nada por sí solo: sin mención es una línea a cero | El desplegable de tipo de IVA de la línea |
Cómo se factura una operación exenta en Dolibarr
En la línea pones el tipo al 0 %, escribes el motivo y la referencia legal junto al concepto o en el texto de la factura, y dejas la casilla del tercero para lo que sirve: clientes fuera del ámbito del impuesto.
El tipo de IVA de la línea
Tiene que ser 0 %, no 21 % «y luego lo ajusto». Con el tipo correcto, base, cuota y total salen solos; si dejas el 21 %, ese IVA aparece en la factura, hay que ingresarlo aunque no debieras repercutirlo y el cliente no puede deducírselo.
El desplegable sale del diccionario de tipos de tu instalación. Si no tienes un 0 % con una descripción útil, créalo con el nombre que quieres leer en la factura; según tu versión, el diccionario admite además una nota asociada al tipo, y usarla evita que la mención dependa de la memoria de nadie.
La mención en el documento
La mención se imprime en la factura que recibe el cliente; no vale una nota interna ni el asiento. Dos caminos: el texto libre de la factura, que sale en el PDF, o la plantilla si quieres que aparezca siempre igual.
Se escribe «Operación exenta de IVA — artículo 20.Uno de la LIVA» en las interiores, «Exenta — entrega intracomunitaria, artículo 25 de la LIVA» y «Exenta — exportación, artículo 21 de la LIVA». La letra del artículo 20 depende de tu actividad: compruébala antes de fijar la plantilla.
La casilla «sujeto a IVA = no» del tercero
No es un interruptor de exención. Existe para terceros que están fuera del ámbito del IVA español: Canarias con IGIC, Ceuta y Melilla, terceros países. Marca una condición del cliente, no un régimen de la operación, y no genera ninguna mención en el documento.
De ahí salen dos errores: marcarla «no» en un cliente español que compra un servicio exento —está en el ámbito, lo exento es la operación— y confiar en que pone las líneas a cero cuando en muchas versiones manda el tipo del producto.
Qué mención debe llevar la factura
La factura debe indicar que la operación está exenta y referirse al precepto que la regula. La letra j) del artículo 6.1 del Reglamento de facturación (RD 1619/2012) admite una referencia a la norma o la simple indicación de que la operación está exenta; lo prudente es poner las dos.
No es un formalismo: una línea al 0 % sin explicación se lee como un descuento mal puesto o como un olvido. Y la exención no dispensa de facturar: la obligación alcanza a las operaciones exentas y hay que emitirla cuando el destinatario es empresario o profesional o pide la factura para ejercer un derecho tributario (artículos 2.1 y 2.2 del reglamento).
Cuándo no puedes aplicar la exención
La exención va por operación y por supuesto legal, no por cliente ni por empresa: no te exime ser autónomo, facturar poco ni tener un CNAE concreto. Eso son otros regímenes —estimación objetiva, recargo de equivalencia, régimen simplificado— y ninguno es una exención, aunque la factura también salga sin IVA.
En entregas intracomunitarias y exportaciones la exención es condicional: necesitas el NIF-IVA del cliente validado y la prueba de la salida —documento aduanero, CMR o justificante del transporte—. Si esa prueba no aguanta una revisión, la exención se cae y el IVA es tuyo.
Y hay un coste que casi nadie calcula: si parte de tu actividad está exenta, el IVA de las compras que la financian no es deducible. Es la prorrata, donde la exención cuesta dinero.
Los errores que descuadran el libro
Casi todos vienen de tres sitios: el tipo de la línea, la mención del documento y la casilla del tercero.
- Emitir sin mención. El total cuadra, pero la factura no cumple el reglamento y el cliente no puede justificar por qué no soportó IVA.
- Dejar el tipo al 21 % y corregir el total a mano. El desglose deja de sumar y acabas ingresando un IVA que no debías repercutir.
- Marcar «sujeto a IVA = no» a un cliente español. El libro lee una operación fuera del ámbito donde había una exención.
- Mezclar líneas exentas y sujetas sin desglosar por tipo. El total sale, pero nadie puede leer la base de cada parte.
- Tocar una factura ya emitida para arreglarlo. Se corrige con una rectificativa; el original se queda como está.
Nada de esto te saca del registro de facturación: las facturas exentas tampoco quedan fuera cuando esa obligación sea exigible, y el 0 % y la mención tienen que estar igual de claros (checklist de VeriFactu).
En EasySoft Tech S.L. mantenemos módulos de contabilidad para Dolibarr, con el mismo criterio: la factura se emite bien o el asiento se arrastra mal hasta el cierre. Si tu problema es el libro, empieza por contabilidad para Dolibarr; para repasar antes de cerrar, la checklist de cierre contable va punto por punto. Si vendes a otro país de la UE, la mecánica y las pruebas están en IVA intracomunitario en Dolibarr; si el cliente está en recargo de equivalencia, eso no es una exención: recargo de equivalencia en Dolibarr.
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Sobre el autor
EasySoft Tech S.L. — software factory española especializada en el ERP Dolibarr desde 2019: módulos a medida, implantación, migración y cumplimiento normativo (VeriFactu, SII, contabilidad). Este artículo refleja nuestra experiencia real con estos módulos.
