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SII en Dolibarr: cumple con los libros de IVA sin errores

¿Tu gestoría tiene clientes obligados al SII? La AEAT exige los registros en 4 días. Así se lleva el SII desde Dolibarr sin sustos ni rechazos.

EasySoft Tech5 min de lectura

Si llevas la contabilidad de una empresa que factura más de 6 millones de euros, de un grupo de IVA o de alguien inscrito en el REDEME, ya sabes lo que es el SII: cada factura emitida o recibida hay que comunicarla a la Agencia Tributaria en un plazo de días, no de semanas. Y si tu ERP no habla con la Sede electrónica, ese trabajo acaba siendo manual, con la presión de los plazos y el riesgo de rechazos.

En este artículo te contamos qué pide exactamente la AEAT, por qué Dolibarr solo no llega y cómo resolverlo con el conector SII de EasySoft.

Qué es el SII y a quién obliga

El Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) es, en resumen, la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT (Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre). En lugar de rellenar los libros al cierre del periodo, cada operación se comunica casi en tiempo real mediante servicios web basados en XML.

Están obligados los contribuyentes que autoliquidan el IVA mensualmente:

  • las grandes empresas (facturación superior a 6 millones de euros);
  • los grupos de IVA;
  • los inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA);
  • los titulares de depósitos fiscales de gasolinas y gasóleos.

El resto de empresas y autónomos puede acogerse voluntariamente: basta con ejercer la opción en el modelo 036 (casillas 143 y 532). Se entra en el sistema desde el día siguiente al fin del periodo de liquidación y hay que permanecer, como mínimo, el año natural para el que se opta. Quien entra voluntariamente mantiene su periodo de liquidación trimestral.

Qué significa para ti: si eres asesoría o gestoría, el SII no es solo cosa de grandes corporaciones. Cualquier cliente puede acogerse, y la decisión condiciona el día a día de tu despacho: plazos cortos, más envíos y cero margen para el olvido.

Los plazos que no perdonan

Esto es lo que más sustos da, porque no hay prórroga que valga:

  • Facturas expedidas: cuatro días naturales desde la expedición de la factura. Si la factura la expide el destinatario o un tercero, el plazo es de ocho días. En todo caso, el suministro debe hacerse antes del día 16 del mes siguiente al devengo del impuesto.
  • Facturas recibidas: cuatro días naturales desde el registro contable de la factura y, en todo caso, antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se deduce el IVA soportado.
  • Facturas rectificativas: cuatro días naturales desde su expedición o desde su registro contable.

Además, las facturas simplificadas pueden agruparse en un asiento resumen cuando cumplen los requisitos, y los obligados al SII no tienen que presentar los modelos 347 y 390.

Qué significa para ti: con plazos de cuatro días, «lo registro el lunes que viene» no existe. Si el registro depende de copiar datos a mano o de generar XML con una hoja de cálculo, tarde o temprano llega el rechazo, y con él, la corrección a contrarreloj.

Por qué Dolibarr solo no llega

Dolibarr lleva muy bien la facturación y tus libros de IVA internos: emites, recibes y el ERP genera sus informes. Pero el núcleo de Dolibarr no envía registros a la Sede electrónica de la AEAT. No es un fallo: es un sistema pensado para ser neutral, y la conexión con el SII se resuelve con un módulo especializado.

El resultado es que muchas empresas obligadas al SII acaban haciendo doble trabajo: facturar en Dolibarr y, después, comunicar cada operación a Hacienda por una vía manual paralela. Doble esfuerzo, doble riesgo de error.

El SII desde Dolibarr, sin herramientas intermedias

El conector SII de EasySoft conecta Dolibarr con la AEAT: los libros de Facturas Emitidas y Recibidas viajan directamente a la Agencia Tributaria por SOAP, firmados con tu certificado digital, sin herramientas intermedias y sin coste por factura. El propio módulo verifica el NIF del destinatario antes del envío, y las respuestas de la Agencia se gestionan desde el ERP.

Qué significa para ti:

  • Una sola fuente de datos: la factura que validas en Dolibarr es la que viaja a la AEAT. Nada de reescribir datos en un segundo sistema.
  • Plazos de cuatro días mucho más fáciles: el envío es inmediato tras validar la factura, no un lote manual a fin de mes.
  • Trazabilidad: sabes qué se ha enviado, qué ha aceptado la Agencia y qué ha devuelto para corregirlo.

Si aún no sabes si tu cliente está obligado o le conviene acogerse, haz el test de obligación al SII: lo resuelves en un minuto y te queda claro el punto de partida.

SII y VeriFactu: no son lo mismo

Con toda la atención que está recibiendo la facturación electrónica, es fácil confundir SII y VeriFactu. Son sistemas distintos y compatibles: el SII es la llevanza de los libros de IVA en la Sede electrónica; VeriFactu es el sistema de facturación con registro de las facturas emitidas entre empresas. Un mismo contribuyente puede estar en los dos, en uno solo o en ninguno. Si quieres ver qué implica VeriFactu para tu Dolibarr, lo contamos en detalle en VeriFactu en Dolibarr: claves para cumplir antes de 2027.

Nuestra recomendación

Si tienes clientes obligados al SII, no lo dejes para el cierre del trimestre: el sistema exige ritmo, y el ritmo se consigue con automatización, no solo con disciplina. Mira la ficha del conector SII para Dolibarr, aclara tu situación con el test de obligación y, si quieres, lo montamos contigo: escríbenos y te respondemos en 24 horas.

Sobre el autor

EasySoft Tech — software factory española especializada en el ERP Dolibarr desde 2019: módulos a medida, implantación, migración y cumplimiento normativo (VeriFactu, SII, contabilidad). Este artículo refleja nuestra experiencia real con estos módulos.